Desde el pasado 1 de abril de 2023 puede solicitarse por vía telemática la devolución del impuesto especial de hidrocarburos por el consumo de gasóleo agrícola. El importe de la devolución asciende a la cantidad que resulte de aplicar el tipo de 63,71 euros por 1.000 litros, es decir, 0’06371 euros por cada litro de gasóleo consumido y que figure en las facturas del año natural 2022.
Tienen derecho a esta devolución los agricultores y ganaderos que en el periodo indicado hayan utilizado gasóleo bonificado para uso agrícola y que, además, hayan estado inscritos en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. El plazo está abierto hasta el 30 de diciembre, recuerdan organizaciones agrarias como UCCL o Asaja.
¿Qué hay que hacer para obtener la devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos?
Según Asaja Huesca, para obtener la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria la correspondiente solicitud de devolución, de acuerdo con la Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por agricultores y ganaderos.
Esta presentación se realizará por internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.
En la solicitud deberá constar:
- NIF
- Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.
- Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
- Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
- El volumen de litros consumidos e importe del mismo.
- En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.
- La fecha y número de factura de cada operación de suministro o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.
- Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.
Ayuda extraordinaria
Además, para el año 2022 se une una ayuda extraordinaria y temporal recogida en el Real Decreto Ley de medidas de respuesta a las consecuencia económicas y sociales de la guerra de Ucrania. Son beneficiarios de esta ayuda las personas o entidades a las que se reconozca el derecho a la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos.
El importe de la ayuda es de 0’20 euros por cada litro de todo el gasóleo adquirido en 2022 y destinado exclusivamente al uso agrario por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto de Hidrocarburos.
Para la obtención de esta ayuda hay que presentar la solicitud de devolución del impuesto sobre hidrocarburos y la Agencia Tributaria realizará dos pagos independientes en la cuenta corriente del solicitante, uno por los 0’63 €/litro y otro por los 0’20€/litro.
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